martes, 17 de noviembre de 2009

Apunte Doctrinal: III Congreso Nacional de la Defensa Pública: “Tutela judicial, derechos humanos y privación de libertad”


DOCTRINA JURIDICA
Por Descorides de la Rosa
7dias.com.do

"...a mayo de este año la población carcelaria, según cifras de la Dirección General de Prisiones, era de 18,097 reclusos y al día de hoy esa población es de 19,100, como consecuencia de las medidas de coerción dictadas en los últimos meses...".

La prisión preventiva no puede ser la norma en los procesos judiciales porque choca con la presunción de inocencia de los imputados, consideraron este viernes los disertantes del panel “Prisión Preventiva y Derechos Humanos”.
El juez Cristian Paulino Baldera, la defensora pública, Maritza Ramírez, y el profesor de derecho Luis Miguel Pereira entienden que ante la imposibilidad de las autoridades de garantizar el cumplimento de otras medidas de coerción la prisión preventiva se está convirtiendo en una norma.
Paulino Baldera, del Juzgado de Primera Instancia de La Vega, dijo que en el 85 por ciento de los casos que son declarados en rebeldía por la justicia en esa jurisdicción, el Estado no ha sido capaz de presentar a los requeridos a los tribunales.“Recuerda que el Código Procesal Penal establece como límite tres meses para la prisión preventiva, pero la jurisprudencia dominicana, en algunos casos ha producido una mutación del orden procesal, pues ha establecido medidas de coerción de hasta un año de prisión provisional”, dijo.
Para Maritza Ramírez, subdirectora de la Oficina Nacional de Defensa Pública, lo ideal sería que no existiera prisión preventiva y que el Estado fortalezca los controles para el cumplimiento de medidas de coerción como la garantía económica, la presentación periódica y el arresto domiciliario.
Indica que cuando una persona recibe prisión preventiva es el preludio de una condena que lo coloca en desventaja frente a los imputados que pudieran estar en libertad, para probar su inocencia.
Subrayó que en muchos casos se dicta este tipo de medida de coerción sin la certeza de que el imputado será condenado y en el caso de ser inocente, como debe presumirse, no puede recuperar el tiempo perdido en prisión.
Indicó que a mayo de este año la población carcelaria, según cifras de la Dirección General de Prisiones, era de 18,097 reclusos y al día de hoy esa población es de 19,100, como consecuencia de las medidas de coerción dictadas en los últimos meses.
Propone crear una entidad que dé seguimiento a los imputados en libertad condicional hasta que concluya el proceso de recolección de las pruebas por parte del Ministerio Público, lo que incluso, le saldría más económico al Estado. En tanto, el profesor universitario Luis Miguel Pereira no es conciliable con la presunción de inocencia, ya que es un preludio de condena.
Califica la prisión preventiva como una agresión al imputado y tenerla como norma es una regresión del el estado de derecho.
El panel formó parte del tercer congreso nacional de defensa pública “Tutela judicial, derechos humanos y privación de libertad”, que organizó la Oficina Nacional de Defensoría Pública.


PUNTO LEGAL-RD 2009

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