sábado, 23 de febrero de 2013

MINUTA LEGAL 2.0: LA TERRIBLE DEBILIDAD COMUNICACIONAL DEL COLEGIO DE ABOGADOS


 MINUTA 2.0: 
"pensando el derecho en directo y en vivo!!


Por José Iván Díaz

Desde hace varios años he venido estudiando el fenomeno social Colegio de Abogados de la República Dominicana, desde mis primeros años de Universidad, donde tambien me involucré en el activismo estudiantil participando activamente en la conducción de la Asociación de Estudiantes de Derecho de la Universidad Autonoma de Santo Domingo, donde conocí de cerca a directivos del CARD y gerencié proyectos educativos en sinergia, como conferencias, diplomados y talleres, de los cuales muchos estudiantes en esos momentos fueron beneficiados gratuitamente.

Desde ese tiempo observé como el CARD se manejaba en materia comunicacional desde un mural informativo, notas de prensa en los medios de comunicación hasta la primera publicación de su sitio web oficial, sin dejar de lado sus perfiles en las redes sociales virtuales Facebook y Twitter.

Como analista e investigador legal y como ciudadano entiendo que la información pública, es un derecho fundamental para el desarrollo  en todo tipo grupo en la sociedad y una obligación para todo tipo de adminsitración. especialmente las corporaciones públicas que manejan dinero proveniente de pagos de impuestos, el CARD no es la excepción.

Especialmente en materia comunicacional, el Colegio de Abogados ha decepcionado a toda la comunidad jurídica, por presentar solo pantomimas de la realidad gremial vía su sitio web y sus redes sociales: no solo con fotografias y titulación, no basta para informar, señores directivos del CARD, se necesita transparental cada acto adminsitrativo bajo el imperio de la ley 200-04 sobre libre acceso a la información pública y su reglamentos de aplicabilidad.

Aparte del fundamento historico de este fenomeno objetivo y detestable, hay pruebas de una nefasta gerencia informativa, donde por ejemplo, ni la nomina actualizada de dicho gremio abogadil, no se pública en su sitio web; pero en cambio muchas imagenes, colores y hasta criticas e intervenciones de su Presidente se ven por dichos espacios informativos, llevando a la interpretación de un culto excesivo a la persona de directivo gremial.

En el 30 aniversario de la fundación del Colegio de Abogados, me atrevo a expresar que estamos repitiendo los mismos patrones de la clasica demogogía donde la victima somos todos los abogados y abogadas y por ende, el país; donde solo en temporada de proselitismo gremial salen candidatos y candidatas a la Directiva del CARD, a denunciar hechos donde ellos mismos han sido complices por acción y omisión.

El descredito de la profesión de la abogacía obedece en gran medida a la inercia irresponsable de gran mayoría de los togados, al secuestro politico de su gremio por los partidos de mayor influencia, aparte de la complicidad de sus supuestos dirigentes gremiales, quienes tras el telon firman acuerdos de aposento, los cuales se dicen, pero nunca se públican integramente ante la sociedad.

Esto alimenta la vigencia de la tesis del expresidente del CARD, Dr. Fernando Hernandez Díaz, la cúal señala que "Las obligaciones del profesional del Derecho, no son solo con el cliente y los tribunales sino que rebasan el marco profesional al compromiso social...un abogado tramitador de expedientes  sin preocupación por la Justicia, será lo que se sospecha de él: un vulgar beneficiario del mal ajeno".(página 24, Falsa Democracia o Necropsia del Poder Judicial, R.D. 1994).

Se necesita un despertar en el gremio de los abogados y abogadas. Se necesita un gran movimiento donde el protagonista sea la democracia gremial, no dos y tres representantes de caudillos de los partidos politicos de gran influencia. Si necesita uan democracia real en el CARD.

Denunciar los actos en que no estemos de acuerdo es un derecho de los togados y togadas; exigirle a los directivos del Colegio de Abogados que cumplan con sus obligaciones, incluyendo la de disponer y suminsitrar información pública actualizada y gratuita, tambien.

No es lo mismo quejarse que exigir, lo primero es un deseo subjetivo, pero lo segundo es la acción que de pleno derecho nos faculta al cambio gremial, y por ende social, osea entra a la realidad social objetiva.

Seamos verdaderos juristas intregros, no solo meros tramitadores de expedientes(problemas) de otros, aúnque el precio sea el exilio gremial, como ha sido el caso de tantos abogados y abogadas que nunca han firmado acuerdos de aposentos, porque estan coscientes de que su licencia es un reconocimiento a su capacidad moral y cognocitiva, no una cosa que se empeña por dinero.

Está en las  mentes de los abogados y abogadas de acción, que la actual debilidad institucional del CARD, se convierta en una fortaleza virtuosa de nuestro malogrado gremio en lo adelante. 


Hasta una proxima minutal legal 2.0. 

VISIÓN LEGAL-RD 2013

jueves, 14 de febrero de 2013

MANUTENCIÓN ES CAUSA FRECUENTE DE VIOLENCIA EN REPÚBLICA DOMINICANA

 Licda. Julissa Hernandez
Fiscal experta en Delitos deViolencia de Género, Intrafamiliar y Abuso Sexual

La  pensión alimentaria es la cenicienta del sistema de justicia de la República Dominicana, pese a que de allí se desprenden todos los tipos de violencia  intrafamiliar: económica, sicológica y física, de acuerdo a la fiscal adjunta de la Fiscalía de la provincia Santo Domingo.


Escrito por: ROSA ALCÁNTARA (r.alcantara@hoy.com.do)
La  pensión alimentaria es la cenicienta del sistema de justicia de la República Dominicana, pese a que de allí se desprenden todos los tipos de violencia  intrafamiliar: económica, sicológica y física, de acuerdo a la fiscal adjunta    y encargada del Departamento de Auditorías de Casos de la Fiscalía de la provincia Santo Domingo.  

Julissa Hernández dijo que en cada uno de  los cinco Juzgados de Paz de la provincia Santo Domingo se interponen unas 200 demandas diarias por manutención alimentaria.

Por ello, sugiere la creación de  una jurisdicción especial solo para pensión alimentaria,  en el que  haya sicólogos, trabajadores sociales y herramientas que ayuden a  los padres  a poder  solventar las necesidades económicas del menor y que éste perciba  ciertamente su pensión, que redunde en  calidad de vida.

Ver reportaje periodistico completo: Hoy Digital

viernes, 8 de febrero de 2013

EL CONTRATO "BARRICK GOLD PUEBLO VIEJO": LEGALIDAD Y BENEFICIO ESTATAL



MINUTA LEGAL 2.0
Más allá de la historia de la multinacional minera "Barrick Gold", y las opiniones encontradas desde las diversas campañas mediaticas tanto en los medios de comunicación tradicionales y porque no, el internet, nos interesa conocer de cerca los aspectos básicos del contrato de operación que nuestro Congreso Nacional con la participación de nuestros congresistas aceptaron como bueno y valido en nombre de la República.

Su nombre oficial es Contrato Especial de Arrendamiento Minero (CEAM). Se firmó a mediados del 2009 y fue aprobado casi por mayoría en las dos cámaras del Congreso Nacional. Su proceso de aprobación tardó casi dos años; 22 meses para ser más exactos, pero gracias a eso se garantizó que el proceso fuera totalmente transparente y que dos organismos internacionales, (una empresa estatal francesa conocida como el Buró de Investigación Geológica y Minera, así como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) analizaran dieran el visto bueno al proyecto.

Según este contrato, la empresa Pueblo Viejo Dominicana Corporation (PVDC) tiene autorización para trabajar en la mina por un periodo de 25 años, y durante ese tiempo hará una inversión de $3 mil millones de dólares. Además, contempla la inversión de $375 millones de dólares en la recuperación ambiental de los daños ecológicos dejados por el trabajo de Rosario Dominicana en la mina.


Los beneficios del contrato en detalle
El contrato de Pueblo Viejo trajo a República Dominicana muchos beneficios. ¿Cuáles son realmente? Los detalles a continuación:

Para el Estado
  • Cuando se inició la producción en el 2011, la República ha recibido un 3.2% de regalías fijas, algo que ningún otro país ha ganado con un proyecto minero.
  • Se ha acordado que "tan pronto haya ganancias", PVDC pagará un 25% de impuesto a la renta"
  • participa del 28.75% de las utilidades netas
  • Al sumar todo esto, el Estado Dominicano recibe en promedio el 50% de los beneficios del proyecto de Pueblo Viejo.
Para las comunidades
  • Uno de los principales beneficios, tiene que ver con las nuevas oportunidades laborales que se han generado y se seguirán generando.
  • Inversión en proyectos comunitarios para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la zona
  • Los municipios cercanos a la mina obtendrán el 5% de todos los beneficios que reciba el Estado para invertir en su propio desarrollo.
  • Aparte del desarrollo económico que propiciará la reactivación económica la inversión en la zona.
Para la economía y el país
  • Los expertos estiman que, cuando se inicien las operaciones mineras, las exportaciones nacionales aumenten en un 20% y el PIB crezca entre 1% y 2%.
  • El país recibirá tecnología y conocimientos en minería que podrán fortalecer su sector minero en el futuro.
  • Gracias a este proyecto, el país se muestra al mundo como un lugar seguro para las inversiones y así ha sido calificado por Barclays Capital como el primer destino para la inversión extranjera.

Es importante saber que esta empresa tiene un portal web informativo en idioma español donde describe el Proyecto, a saber:  barrickpuebloviejo.com , donde mantiene informa en datalle de cada acción que desarrolla dicha multinacional en el país, donde todo ciudadano o extranjero que le interese conocer de cerca como opera la empresa minera lo puede hacer haciendo la solicitud en linea por dicha web. 

Es importante preguntar si las ganacias que está teniendo actualmente la Barrick Gold son proporcionales a los impuestos que dicha empresa debe de pagar al Estado dominicano.

Una revisión del contrato de la Barrick Gold en los actuales momentos conllevaría un aumento razonable de pago de impuestos, pero no bajo la clausula de ganacias, como actualmente esta acordado. 

En una economía de libre mercado no se puede contratar para beneficio solo de las empresas multinacionales, pero tampoco en su detrimento. Las clausulas abusivas tienen que ser denunciadas, pero tambien hay que reconocer las beneficiosas. Buscar un equilibrio razonable es lo mejor para ambas partes.

Me ha interesado tanto el tema, que estoy motivado a solicitar una visita a las instalaciones del Proyecto Pueblo Viejo, para observar de cerca por dentro los beneficios de esta multinacional: ¿quien me acompaña?

Continuara...!

MINUTA LEGAL 2.0
VISION LEGAL-RD 2013